viernes, 20 de diciembre de 2013

Investigar nuestra propia genealogía 2a parte

2ª Fase: Registros civiles

Hasta el siglo XIX el registro de la población fue llevado a cabo en exclusiva por la Iglesia. Tras la Revolución francesa, se aprobó en 1804 el Código Civil francés (también conocido como Código de Napoleón) donde se incluía la regularización del Registro Civil, como un instrumento estatal y laico.


Durante el siglo XIX el sistema se fue expandiendo al resto del mundo. En España el Registro Civil comenzó en 1870.

Qué nos aportan.

En el Registro Civil se deben inscribir obligatoriamente todos los nacimientos, matrimonios y defunciones.

En el nacimiento, a parte del día, hora y lugar del alumbramiento, se registran también los padres y abuelos del recién nacido. Se indica sus nombres y apellidos, lugar de origen y domicilio. En el caso de los padres se nombra también la edad y la profesión. En algunas ocasiones se incluye si los abuelos están difuntos. Por última se citan los testigos, que pueden o no ser familiares o personas próximas a la familia. Aquí puede verse un ejemplo y aquí otro.

La partida de nacimiento va a ser fundamental pues nos permite conocer generaciones anteriores y empezar a construir la base de nuestro árbol.

Recomiendo empezar solicitando nuestra propia partida, aunque ya conozcamos en principio su contenido.

La partida de nacimiento de nuestros padres contendrá datos de nuestros abuelos y nuestros bisabuelos. De igual modo la partida de nacimiento de cada uno de nuestros abuelos nos dará información sobre nuestros bisabuelos y tatarabuelos.

En el matrimonio se inscribe el día, hora y lugar del enlace, los datos de los contrayentes, los padres de estos, los testigos y en ocasiones padrinos e incluso párroco.

Por último en la defunción se inscriben los datos del difunto. En ocasiones estos datos son escuetos e incluso erróneos, por ejemplo la edad, o se desconoce el lugar de origen, etc.

Se indica el estado civil y en caso de haber tenido descendencia, en ocasiones se nombran los hijos (vivos) que deja tras su muerte.

También solía registrarse la causa de la muerte, cosa que no figura en las partidas más recientes y que en algunas es tachado a posteriori.

Cómo se solicitan. Problemas y soluciones.

Las partidas deben pedirse al Registro Civil de la localidad donde ocurrió el hecho. Es aconsejable solicitar la "partida literal", para obtener una copia íntegra.

En el caso de Madrid, Barcelona y Sevilla (no sé si alguna ciudad más también) hay que decir el lugar de nacimiento, calle u hospital, o por lo menos barrio o distrito judicial. Esto es así puesto que antes existían varios registros en la misma ciudad. Lo aconsejable es intentar descubrir el barrio o zona.

Hay que indicar la fecha exacta, lo cual en ocasiones es nuestro primer obstáculo. Por eso es fundamental la labor previa de investigación en el entorno familiar. No obstante, si ha resultado imposible descubrir la fecha exacta, podemos probar lo siguiente.

En el caso de un nacimiento (por ejemplo de nuestra bisabuela), podemos probar a solicitar las partidas de nacimiento de todos sus hijos, para calcular con las edades una fecha lo más acotada posible.

Hay que tener en cuenta que antiguamente la gente no era tan purista con la edad y los cumpleaños y en ocasiones ni siquiera ellos mismos sabían su edad exacta. Partamos de que en este caso no es así. Si un hijo nació el 4 de marzo de 1910 y su madre dijo tener 30 años, quiere decir que nació entre el 5 de marzo de 1879 y el 4 de marzo de 1880 como límites. Si aplicamos esta lógica a varios hijos podremos ir recortando este margen.

En el caso de un matrimonio, si conocemos el primer hijo de la pareja, podríamos dar por sentado que el enlace fue entre 12 y 8 meses antes. No es un método totalmente efectivo, pues había parejas que tardaban más en tener hijos o que incluso se casaban cuando ya había embarazo. Se trata únicamente de intentar tener suerte.

Por último, en el caso de una defunción, el recurso clave es el cementerio. Los cementerios de las grandes ciudades (al menos en España) suelen tener sus registros informatizados. Podemos llamar por teléfono o acercarnos en persona y preguntar por nuestro antepasado. En el caso de poder desplazarnos hasta allí, la lápida puede aportarnos mucha información (fecha de nacimiento y datos de familiares con los que se encuentre enterrado). En ocasiones, si se trata de un municipio pequeño, un paseo por el cementerio puede aportarnos numerosos familiares.

Pueden consultarse también censos, expedientes, testamentos y otro tipo de documentación. No obstante pueden no existir para el momento y persona concreta que buscamos y su localización suele ser dificultosa.

La solución última a todos los problemas que puedan surgir a la hora de localizar una partida es recurrir a la parroquia, que veremos en el siguiente apartado.

Los registros civiles en América Latina empezaron a funcionar entre 1870 y 1920 aproximadamente. Hay que tener en cuenta que en muchas ocasiones su aplicación tardaba en realizarse o en extenderse a todo el país. Algunas fechas son:

Argentina - 1884 - 1889 (todo el país)
Bolivia - 1898
Brasil - 1850
Chile - 1884
Colombia - 1865 - 1888 (todo el país)
Costa Rica - 1888
Cuba - 1885
Ecuador - 1900
El Salvador - 1879
Guatemala - 1877
Honduras - 1880
México - 1859
Nicaragua - 1879
Panamá - 1912
Paraguay - 1880
Puerto Rico - 1885
Perú - 1886
Rep. Dominicana - 1828?
Uruguay - 1879
Venezuela - 1873

Pre-Registro Civil.

En ocasiones los Archivos Municipales conservan un pre-registro que suele comenzar en 1840 aproximadamente. No todos los municipios tienen y su consulta suele requerir acudir al archivo en persona para realizar la búsqueda. Este es un ejemplo de pre-registro.